¿SABE CUALES SON LAS EXCEPCIONES QUE LE PERMITEN ADELANTAR EN LINEA CONTINUA?
La Dirección General de Tráfico nos explica cuáles son los 6 casos en los que está permitido adelantar en las zonas prohibidas para ello.
Todas las normas tienen sus excepciones. Sí, todas, incluidas las de tráfico. Si en el tramo de carretera por el que va hay una línea continua, sabe que no está permitido sobrepasar a otros vehículos... salvo en determinadas circunstancias.
Tal y como dice el capítulo 88 del reglamento general de circulación: "Cuando en un tramo de vía en el que esté prohibido el adelantamiento se encuentre inmovilizado un vehículo que, en todo o en parte, ocupe la calzada en el carril del sentido de la marcha, salvo que la inmovilización venga impuesta por las necesidades del tráfico, podrá ser rebasado, aunque para ello haya que ocupar la parte de la calzada reservada al sentido contrario, después de haberse cerciorado de que se puede realizar la maniobra sin peligro. Con idénticos requisitos se podrá adelantar a conductores de bicicletas, ciclos, ciclomotores, peatones, animales y vehículos de tracción animal, cuando por la velocidad a que circulen puedan ser adelantados sin riesgo para ellos ni para la circulación en general".
A pesar de esta excepción, hay que recordar que en caso de tener que hacer un adelantamiento en estas circunstancias hay que hacerlo de modo seguro y con precaución controlando que no venga otro vehículo por el carril contrario.